AdministrativoRechaza

Se rechaza el amparo deducido en contra de la Municipalidad de Combarbalá, respecto de…

Resumen del criterio jurisprudencial

Se rechaza el amparo deducido en contra de la Municipalidad de Combarbalá, respecto de que se le entregue una respuesta fundamentada o informe de la razón porque no se dio respuesta a la solicitud anterior que indica, y que se responda a todos los puntos que pidió en esa solicitud. Lo anterior, por corresponder más bien al ejercicio del Derecho de Petición consagrado en el artículo 19 N°14 de la Constitución Política de la República que a una infracción a la Ley de Transparencia, toda vez que lo pedido se refiere a la elaboración de un pronunciamiento o de un informe que explique o detalle las razones por las cuales consulta, lo que implica una obligación de hacer, lo que escapa al ámbito de competencia de este Consejo, por cuanto no se refiere a la entrega de actos, resoluciones, actas, expedientes, contratos, acuerdos, copia de documentos o información que, en cualquier soporte, obre en poder de la institución, conforme lo dispuesto en la Ley de Transparencia. Finalmente, se representa al órgano la infracción al artículo 14 de la Ley de Transparencia, por no haber entregado respuesta a la solicitud, dentro del plazo legal.

amparoDecisión de Fondo

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.