Resumen del criterio jurisprudencial
Se acoge el amparo contra de la Municipalidad de Combarbalá, ordenándose la entrega de información sobre la contratación, boletas de honorarios e informes del funcionario individualizado en la solicitud. Lo anterior, por tratarse de antecedentes de naturaleza pública, respecto de la cual, el organismo no acreditó su entrega. En forma previa a su entrega, el órgano deberá tarjar los datos personales de contexto que pudieran contener los documentos, en aplicación del principio de divisibilidad consagrado en la Ley de Transparencia. Finalmente, se representa a la Sra. Alcaldesa de Combarbalá el hecho de no haber otorgado respuesta dentro del plazo establecido para ello.