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El Consejo para la Transparencia acogió un amparo de acceso a la información pública pr…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2019

Resumen

El Consejo para la Transparencia acogió un amparo de acceso a la información pública presentado contra la Secretaría Regional Ministerial de Bienes Nacionales de la Región del Maule, que había denegado la entrega de un expediente de regularización de propiedad raíz. El Consejo estimó que se trataba de información pública y desestimó que la entrega afectara los derechos del tercero involucrado, ordenando su entrega previo tarjado de los datos personales y sensibles de contexto, conforme al principio de divisibilidad y a la Ley sobre Protección de la Vida Privada. Asimismo, representó al organismo la infracción a los artículos 11 letra h) y 20 de la Ley de Transparencia, por haber comunicado el requerimiento al tercero fuera del plazo legal, y le exigió informar su cumplimiento. Contra la decisión procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva en el plazo de 15 días corridos, con las limitaciones previstas en la ley.

Normas citadas

  • Ley 19628 1999 - Ley de protección de la vida privada
  • Ley de Transparencia
amparoDecisión de FondoBienes Públicos

Preguntas frecuentes

¿Procede entregar un expediente de regularización de propiedad raíz de un organismo público si contiene datos de terceros?

En este caso, el Consejo para la Transparencia estimó que el expediente era información pública y que su entrega no afectaba los derechos del tercero, ordenando entregarlo previo tarjado de los datos personales y sensibles de contexto, conforme al principio de divisibilidad.

¿Qué pasa si un organismo público comunica el requerimiento de acceso a información al tercero fuera del plazo legal?

En este caso, el Consejo representó al organismo la infracción a los artículos 11 letra h) y 20 de la Ley de Transparencia por haber comunicado el requerimiento al tercero fuera de plazo, y le exigió informar su cumplimiento.

¿Cuál es el plazo para reclamar de ilegalidad contra una decisión del Consejo para la Transparencia que acoge un amparo?

En este caso, se indica que contra la decisión procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva dentro de 15 días corridos, con las limitaciones previstas en la ley.

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