El Consejo para la Transparencia declaró inadmisible un reclamo por infracción a las no…
Resolución · Consejo para la Transparencia · 2023
Resumen
El Consejo para la Transparencia declaró inadmisible un reclamo por infracción a las normas de transparencia activa interpuesto contra el Servicio de Registro Civil e Identificación. El reclamante solicitaba la resolución de un trámite de rectificación de una partida de nacimiento, materia que no constituye una falta de información pública. El Consejo determinó que no se configuró una infracción a los artículos 7° de la Ley de Transparencia y 51 de su Reglamento, pues la presentación no buscaba reclamar por la falta de completitud o acceso al listado de información obligatoria en los sitios electrónicos. Por ello, al carecer de un elemento habilitante, se acordó por unanimidad declarar inadmisible el reclamo, ordenando notificar la decisión a las partes. Contra esta resolución procede el reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones del domicilio del reclamante.
Normas citadas
Ley de Transparencia
Reglamento de la Ley de Transparencia
reclamoDecisión de inadmisibilidadOtros
Preguntas frecuentes
¿Procede un reclamo por infracción a la transparencia activa si lo que se pide es la resolución de un trámite administrativo de rectificación de un registro?
En este caso, el Consejo para la Transparencia declaró inadmisible el reclamo, porque resolver un trámite de rectificación de una partida de nacimiento no es una falta de información pública. No se configuró infracción a los artículos 7° de la Ley de Transparencia ni 51 de su Reglamento.
¿Qué requisito debe cumplir un reclamo de transparencia activa para ser admitido a tramitación por el Consejo?
En este caso, el Consejo sostuvo que el reclamo debe reclamar la falta de completitud o de acceso al listado de información obligatoria en los sitios electrónicos. Como la presentación no tenía ese objeto, carecía de un elemento habilitante y fue declarada inadmisible por unanimidad.
¿Contra qué resolución del Consejo para la Transparencia se puede reclamar de ilegalidad y ante qué tribunal?
En este caso, el resumen indica que contra la resolución que declara inadmisible un reclamo procede el reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones del domicilio del reclamante.
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