Laboral

La acción de reclamo contemplada por el artículo 12 del Código del Trabajo, establece c…

Dictamen · Dirección del Trabajo · 2002

Resumen

La acción de reclamo contemplada por el artículo 12 del Código del Trabajo, establece como su titular exclusivo al trabajador afectado por la modificación unilateral del contrato de trabajo, sin perjuicio de que, en aplicación del artículo 220 del mismo texto legal, requiera a la organización sindical a la que se encuentre afiliado para que accione en su representación.

Normas citadas

  • Código del Trabajo
  • Artículo 12 del Código del Trabajo
  • Artículo 305 del Código del Trabajo
  • Articulo 220 del Código del Trabajo

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