Constitucional AIIniciar sesión
Inicio›Jurisprudencia›Derecho administrativo
Administrativo

La Contraloría General de la República se pronunció sobre el ámbito territorial de vent…

Dictamen · Contraloría General de la República · 2017

Resumen

La Contraloría General de la República se pronunció sobre el ámbito territorial de venta de medicamentos en farmacias municipales. Dictaminó que estas solo pueden expender medicamentos a personas domiciliadas en la comuna donde el municipio ejerce su competencia, incluyendo a quienes trabajan habitualmente en ella, sin exigir inscripción previa en la atención primaria. No obstante, autorizó excepciones mediante convenios de administración conjunta entre municipios, conforme al artículo 57 de la Ley N° 19.378, permitiendo así la venta a residentes de las comunas suscriptoras. El dictamen aplicó los artículos 146 y 159 del DFL N° 1 de 2005 del Ministerio de Salud y criterios jurisprudenciales previos.

Normas citadas

  • pol art/118
  • ley 18695 art/1
  • dfl 1/2005 SALUD art/146
  • dfl 1/2005 SALUD art/159
  • CCI art/59
  • CCI art/62
  • ley 19378 art/57
ContraloríaCGRdictamengenera jurisprudencia

Preguntas frecuentes

¿Pueden las farmacias municipales vender medicamentos a personas que no viven en la comuna?

En este caso, la Contraloría General de la República dictaminó que las farmacias municipales solo pueden expender medicamentos a personas domiciliadas en la comuna, incluidas quienes trabajan habitualmente en ella. Como excepción, admitió la venta a residentes de otras comunas cuando existe un convenio de administración conjunta entre municipios.

¿Se exige estar inscrito en la atención primaria para comprar medicamentos en una farmacia municipal?

No. Según este dictamen de la Contraloría General de la República, las farmacias municipales pueden vender medicamentos sin exigir inscripción previa en la atención primaria, basta con cumplir el requisito de domicilio o trabajo habitual en la comuna.

¿Qué papel cumplen los convenios de administración conjunta entre municipios en la venta de medicamentos?

En este caso, la Contraloría General de la República sostuvo que, conforme al artículo 57 de la Ley N° 19.378, los convenios de administración conjunta entre municipios permiten que las farmacias vendan medicamentos a residentes de las comunas suscriptoras, aunque no vivan en la comuna donde funciona la farmacia.

Más jurisprudencia de derecho administrativo de 2017 →

Lee el documento completo

Con tu cuenta ves el rol de la causa, la fecha, las partes y el texto íntegro, y puedes analizarlo con inteligencia artificial. Crear la cuenta es gratis y trae 3 créditos de regalo, unas 10 consultas, sin tarjeta de crédito.

Ver el documento completoYa tengo cuenta

La IA lo lee completo y te responde citando el fallo y la jurisprudencia relacionada.

Te pedimos crear una cuenta gratis para responderte.

Jurisprudencia relacionada

  • La Contraloría General de la República dictaminó que una farmacia de atención primaria…

    Dictamen · Contraloría General de la República · 2017

  • La Contraloría General de la República, a solicitud de la Municipalidad de Chillán, com…

    Dictamen · Contraloría General de la República · 2016

  • La Contraloría General de la República se pronunció sobre la Farmacia Comunal de Antofa…

    Dictamen · Contraloría General de la República · 2019

  • La Municipalidad de Arica consultó a la Contraloría General de la República si su farma…

    Dictamen · Contraloría General de la República · 2016

  • La sentencia analiza la operación de farmacias municipales dependientes de establecimie…

    Sentencia · 2016

Constitucional AI es inteligencia artificial legal para abogados en Chile: busca en sentencias, dictámenes y oficios y responde citando sus fuentes. Conoce cómo funciona

Resumen referencial elaborado a partir de documentos públicos chilenos. Los nombres de las personas se reducen a iniciales. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.