Resumen
La Contraloría General de la República, a solicitud de la Municipalidad de Chillán, complementó su dictamen N° 13.636, de 2016, precisando que las farmacias de los establecimientos de atención primaria de salud administrados por los municipios pueden vender medicamentos tanto a personas inscritas en dichos establecimientos como a quienes no lo están, siempre que cumplan los requisitos señalados en el pronunciamiento original y que los beneficiarios tengan domicilio en la comuna. Se concluyó que no existe impedimento legal para que las entidades edilicias limiten la venta a un grupo determinado, como los beneficiarios del régimen público de salud, basándose en un criterio objetivo y no discriminatorio, conforme a los artículos 146 y 159 del decreto con fuerza de ley N° 1, de 2005, del Ministerio de Salud.