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Resolución del Consejo para la Transparencia que acoge un reclamo por infracción a los…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2024

Resumen

Resolución del Consejo para la Transparencia que acoge un reclamo por infracción a los deberes de transparencia activa contra la Municipalidad de Lanco, por no publicar en su sitio electrónico información completa y actualizada sobre actos y resoluciones con efectos sobre terceros, especialmente concursos públicos. El Consejo ordena al municipio publicar dicha información en un plazo máximo de diez días hábiles desde que la decisión quede ejecutoriada, bajo apercibimiento de multa del 20% al 50% de la remuneración correspondiente en caso de incumplimiento injustificado, conforme al artículo 47 de la Ley de Transparencia. Además, se requiere acreditar el cumplimiento ante el Consejo y se encomienda a la Unidad de Fiscalización el seguimiento de la decisión.

Normas citadas

  • Ley N° 20.285
  • Ley N° 18.575
  • Ley N° 19.880
  • D.S. N° 13
  • D.F.L. N° 1
  • Código del Trabajo
  • Resolución Exenta N° 500 de 2022
  • Artículo 59 de la ley N° 19.880
reclamoDecisión de Fondo

Preguntas frecuentes

¿Qué pasa si una municipalidad no publica en su sitio web la información sobre concursos públicos y otros actos con efectos sobre terceros?

En este caso, el Consejo para la Transparencia acogió un reclamo contra la Municipalidad de Lanco por no publicar información completa y actualizada en su sitio electrónico, y le ordenó publicarla en un plazo de diez días hábiles desde que la decisión quede ejecutoriada.

¿Qué sanción procede si un municipio incumple una orden del Consejo para la Transparencia de publicar información de transparencia activa?

En este caso, el Consejo advirtió que el incumplimiento injustificado puede acarrear una multa de entre el 20% y el 50% de la remuneración correspondiente, conforme al artículo 47 de la Ley de Transparencia, y encomendó a su Unidad de Fiscalización el seguimiento del cumplimiento.

¿Cómo se acredita el cumplimiento de una resolución del Consejo para la Transparencia sobre transparencia activa?

En este caso, el organismo debe acreditar ante el Consejo que cumplió con la publicación ordenada, y la Unidad de Fiscalización del Consejo se encarga de hacer seguimiento a la decisión.

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