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La Contraloría General de la República se pronunció sobre la facultad de los sostenedor…

Dictamen · Contraloría General de la República · 2015

Resumen

La Contraloría General de la República se pronunció sobre la facultad de los sostenedores educacionales para solicitar inspecciones a la Superintendencia de Educación. El dictamen concluye que, conforme a la ley N° 20.529 y el decreto con fuerza de ley N° 2 de 2009 del Ministerio de Educación, los sostenedores forman parte de la comunidad educativa y pueden presentar denuncias o reclamos ante la Superintendencia. En el caso específico de un sostenedor que tenga dudas sobre las condiciones de infraestructura de su establecimiento, puede requerir a la Superintendencia una inspección. Este organismo deberá coordinar y realizar la visita para verificar el cumplimiento de la normativa educacional, ejerciendo así su facultad fiscalizadora.

Normas citadas

  • Ley 20529 art/48
  • ley 20529 art/49 lt/a
  • ley 20529 art/49 lt/d ley 20529 art/49 lt/k
  • ley 20529 art/49 lt/l
  • dfl 2/2009 educa art/46 dto 315/2010 educa art/20 inc/1
  • dto 315/2010 educa art/28 ley 20529 art/57
  • ley 20529 art/58 inc/1
  • dfl 2/2009 educa art/9 inc/2
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Preguntas frecuentes

¿Puede un sostenedor educacional solicitar a la Superintendencia de Educación una inspección de su establecimiento?

Según este dictamen de la Contraloría, sí. Un sostenedor que tenga dudas sobre las condiciones de infraestructura de su establecimiento puede requerir una inspección a la Superintendencia de Educación, que debe coordinar y realizar la visita para verificar el cumplimiento de la normativa.

¿Los sostenedores forman parte de la comunidad educativa y pueden presentar reclamos o denuncias ante la Superintendencia de Educación?

Sí, la Contraloría sostiene que, conforme a la ley N° 20.529 y al DFL N° 2 de 2009, los sostenedores integran la comunidad educativa y pueden presentar denuncias o reclamos ante la Superintendencia de Educación.

¿Qué facultad ejerce la Superintendencia de Educación cuando un sostenedor le solicita una inspección por dudas sobre infraestructura?

En este caso, la Contraloría concluyó que la Superintendencia de Educación debe coordinar y realizar la visita de inspección, ejerciendo así su facultad fiscalizadora para verificar el cumplimiento de la normativa educacional.

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