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La Contraloría General de la República se pronunció sobre el derecho de un establecimie…

Dictamen · Contraloría General de la República · 2016

Resumen

La Contraloría General de la República se pronunció sobre el derecho de un establecimiento educacional a percibir la subvención escolar de los años 2012 y 2013 en el nivel indicado. La controversia consistía en determinar si el centro cumplió oportunamente los requisitos legales exigidos por el decreto con fuerza de ley N° 2, de 1998, que debían estar acreditados antes del 30 de junio de cada anualidad, dado que la subvención prescribe en seis meses desde el 1 de enero del periodo respectivo. El organismo concluyó que el establecimiento sólo cumplió dichas exigencias el 30 de mayo de 2014, con la aprobación por la SEREMI de los cursos de educación especial en trastornos específicos del lenguaje, por lo que desestimó la alegación del recurrente. Además, observó que una resolución exenta anterior había reconocido el derecho a la subvención pese a que el establecimiento no tenía cursos aprobados, criterio que deberá considerarse en lo sucesivo.

Normas citadas

  • dfl 2/2009 EDUCA art/45
  • dfl 2/2009 EDUCA art/46 lt/g
  • dfl 2/2009 EDUCA art/46 lt/j
  • dto 315/2010 EDUCA art/22
  • dfl 2/98 EDUCA art/6
  • ley 20370 art/46
  • dfl 2/98 EDUCA art/58 inc/1
  • dfl 2/98 EDUCA art/58 inc/2
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Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo debe un establecimiento educacional cumplir los requisitos legales para percibir la subvención escolar en un año determinado?

En este caso, la Contraloría General de la República sostuvo que los requisitos del decreto con fuerza de ley N° 2, de 1998, debían estar acreditados antes del 30 de junio de cada año, porque la subvención prescribe en seis meses desde el 1 de enero del periodo respectivo.

¿Qué ocurre si un establecimiento obtiene la aprobación de sus cursos de educación especial después del plazo para percibir la subvención?

En este caso, el organismo concluyó que el establecimiento sólo cumplió las exigencias cuando la SEREMI aprobó los cursos de educación especial en trastornos específicos del lenguaje, por lo que desestimó la alegación del recurrente que pedía el pago.

¿Puede la Contraloría dejar sin efecto el criterio de una resolución anterior que reconoció una subvención sin cumplir requisitos?

En este caso, la Contraloría observó que una resolución exenta anterior había reconocido el derecho a la subvención pese a la falta de cursos aprobados, y señaló que ese criterio deberá considerarse en lo sucesivo.

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