Resumen
El tribunal tributario y aduanero de la región del bio bio, declaró inadmisible la reclamación entre otras consideraciones que, en consecuencia, de lo expuesto precedentemente se declara inadmisible la reclamación presentada por no ser competencia de este tribunal, de acuerdo a la legislación señalada y, dejando establecido expresamente que en la especie, se debió reclamar en contra de las liquidaciones n° 239 y 240 precedentemente aludidas y no de la resolución referida en la litis, que rechazó la solicitud de revisión de la actuación fiscalizadora, pronunciamiento que, una vez emitido, siempre dejó a salvo la posibilidad de reclamar conforme el artículo 124 del código del ramo, aquellos actos del ente administrativo que le afectaban.