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El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado contra el Hospital Regiona…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2024

Resumen

El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado contra el Hospital Regional de Antofagasta Dr. L.G., ordenando la entrega de información sobre un sumario administrativo y acciones contra funcionarios. Se consideró que la información es pública según la Constitución y la Ley de Transparencia, sin que se acreditaran causales de reserva. Para la copia del sumario, se aplicó el principio de divisibilidad, protegiendo datos privados pero permitiendo el control social de la función pública. La entrega de datos personales y sensibles requerirá acreditación de identidad del solicitante. El tribunal desestimó las alegaciones de abuso del derecho y apercibió al hospital con las sanciones del artículo 46 de la Ley de Transparencia por incumplimiento.

Normas citadas

  • Ley N° 20.285
  • Ley N° 19.880
  • Ley N° 18.575
  • Ley N° 19.628
  • Oficio N° 963
  • Artículo 59 de la ley N° 19.880
amparoDecisión de Fondo

Preguntas frecuentes

¿Procede entregar la copia de un sumario administrativo de un hospital público cuando se pide por Ley de Transparencia?

En este caso, el Consejo para la Transparencia acogió el amparo y ordenó la entrega de la información sobre el sumario, por considerarla pública y no existir causales de reserva acreditadas. Para la copia del sumario aplicó el principio de divisibilidad, protegiendo los datos privados pero permitiendo el control social de la función pública.

¿Puede un organismo público negarse a entregar información alegando que la solicitud es un abuso del derecho de acceso?

En este caso, el Consejo desestimó las alegaciones de abuso del derecho formuladas por el hospital y mantuvo la obligación de entregar la información. Además, apercibió al organismo con las sanciones del artículo 46 de la Ley de Transparencia por el incumplimiento.

¿Se deben entregar datos personales y sensibles de funcionarios contenidos en un sumario por Ley de Transparencia?

En este caso, el Consejo resolvió que la entrega de datos personales y sensibles requerirá que el solicitante acredite su identidad, mientras que el resto de la información pública debe entregarse. Así se protegen los datos privados sin impedir el control social de la función pública.

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