Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre la legalidad de la calificación de un funcionario de Carabineros de Chile, quien fue incluido por segunda vez consecutiva en Lista N° 3, de Observación, lo que implicó su alejamiento del servicio. El recurrente cuestionó que se hubieran considerado dos días de arresto en la evaluación, que los acuerdos de los órganos calificadores no estuvieran fundados y que debió ser ubicado en Lista N° 2. La Contraloría desestimó estos argumentos, señalando que no existe impedimento para que las juntas calificadoras aprecien una sanción disciplinaria en más de un ítem, que los acuerdos sí exponían los motivos de la rebaja de puntaje en responsabilidad y conducta, y que el funcionario no cumplía con los requisitos del artículo 118, letra b), N° 2, del Reglamento de Selección y Ascensos para ser incluido en Lista N° 2, al tener notas 2 en probidad, responsabilidad y conducta. En consecuencia, concluyó que la evaluación se ajustó a derecho.