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La Contraloría General de la República se pronunció sobre la impugnación de un funciona…

Dictamen · Contraloría General de la República · 2014

Resumen

La Contraloría General de la República se pronunció sobre la impugnación de un funcionario de Carabineros de Chile respecto de su calificación. El funcionario cuestionaba la valoración de su trabajo, que su sanción disciplinaria fuera ponderada en la evaluación, que el acuerdo de la Junta de Apelaciones no estuviera fundado y que no se le incluyera en la Lista N° 3, de Observación. El organismo concluyó que el proceso calificatorio no es la instancia idónea para impugnar un procedimiento disciplinario afinado, que la facultad fiscalizadora alcanza solo a arbitrariedades o vicios de legalidad y no a apreciaciones técnicas del desempeño, y que son los órganos calificadores quienes determinan los rubros afectados por una sanción. Asimismo, estimó fundado el acuerdo de apelación, que justificó la mantención del puntaje en los rubros probidad y conducta, y recordó que la Lista N° 3 exige un mínimo de 12 puntos y ninguna apreciación inferior a 2, requisitos que el recurrente no cumplió. En consecuencia, se declaró que la calificación se ajustó a derecho.

Normas citadas

  • dto 5193/59 Inter art/118 lt/c num/1
ContraloríaCGRdictamen

Preguntas frecuentes

¿Se puede impugnar ante la Contraloría la calificación de un funcionario de Carabineros alegando que una sanción disciplinaria fue considerada en la evaluación?

En este caso, la Contraloría sostuvo que el proceso calificatorio no es la instancia idónea para impugnar un procedimiento disciplinario ya afinado, y que su facultad fiscalizadora alcanza solo arbitrariedades o vicios de legalidad, no apreciaciones técnicas del desempeño.

¿Quién determina qué rubros de la calificación se ven afectados por una sanción disciplinaria en Carabineros?

En este caso, la Contraloría concluyó que son los órganos calificadores quienes determinan los rubros afectados por una sanción, y que la mantención del puntaje en probidad y conducta fue justificada por el acuerdo de apelación.

¿Qué requisitos se exigen para que un funcionario de Carabineros sea incluido en la Lista N° 3, de Observación?

En este caso, la Contraloría recordó que la Lista N° 3 exige un mínimo de 12 puntos y ninguna apreciación inferior a 2, requisitos que el recurrente no cumplió, por lo que la calificación se declaró ajustada a derecho.

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