Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre la impugnación de un funcionario de Carabineros de Chile respecto de su calificación. El funcionario cuestionaba la valoración de su trabajo, que su sanción disciplinaria fuera ponderada en la evaluación, que el acuerdo de la Junta de Apelaciones no estuviera fundado y que no se le incluyera en la Lista N° 3, de Observación. El organismo concluyó que el proceso calificatorio no es la instancia idónea para impugnar un procedimiento disciplinario afinado, que la facultad fiscalizadora alcanza solo a arbitrariedades o vicios de legalidad y no a apreciaciones técnicas del desempeño, y que son los órganos calificadores quienes determinan los rubros afectados por una sanción. Asimismo, estimó fundado el acuerdo de apelación, que justificó la mantención del puntaje en los rubros probidad y conducta, y recordó que la Lista N° 3 exige un mínimo de 12 puntos y ninguna apreciación inferior a 2, requisitos que el recurrente no cumplió. En consecuencia, se declaró que la calificación se ajustó a derecho.