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La Contraloría General de la República se pronunció sobre la situación de un pensionado…

Dictamen · Contraloría General de la República · 2013

Resumen

La Contraloría General de la República se pronunció sobre la situación de un pensionado por invalidez absoluta de la ex Caja de Retiro y Previsión Social de Ferrocarriles del Estado, quien consultaba sobre la posibilidad de realizar labores remuneradas en los sectores público y privado. El organismo concluyó que no existe inhabilidad legal para que, junto con percibir su beneficio previsional, el interesado desempeñe un trabajo remunerado, tanto en el sector público como en el privado, siempre que cumpla con las aptitudes físicas y psicológicas exigidas para ello. Lo anterior, por cuanto las incompatibilidades constituyen limitaciones de carácter excepcional que solo se aplican a los casos expresamente contemplados en la ley, no pudiendo extenderse por analogía. En el caso del sector público, se precisó que la declaración de irrecuperabilidad no impide la reincorporación a la Administración si el funcionario acredita salud compatible con el cargo, mediante certificado de la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez.

Normas citadas

  • dto 2259/31 art/14
  • dto 477/32 art/74 inc/1
  • ley 18834 art/12
  • ley 18834 art/113
ContraloríaCGRdictamengenera jurisprudencia

Preguntas frecuentes

¿Puede un pensionado por invalidez absoluta trabajar de manera remunerada en el sector público o privado mientras recibe su pensión?

Según este dictamen de la Contraloría General de la República, no existe inhabilidad legal para que el pensionado por invalidez absoluta desempeñe un trabajo remunerado, en el sector público o privado, mientras percibe su beneficio previsional, siempre que cumpla con las aptitudes físicas y psicológicas exigidas para el cargo.

¿Las incompatibilidades para trabajar en la Administración pública pueden aplicarse por analogía a un pensionado por invalidez?

En este caso, la Contraloría sostuvo que las incompatibilidades son limitaciones excepcionales que solo rigen en los casos expresamente previstos por la ley, por lo que no pueden extenderse por analogía a quien recibe pensión por invalidez.

¿La declaración de irrecuperabilidad impide reincorporarse a un cargo público?

Según este dictamen, la declaración de irrecuperabilidad no impide la reincorporación a la Administración si el funcionario acredita salud compatible con el cargo, mediante certificado de la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez.

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