Resumen del criterio jurisprudencial
El tribunal tributario y aduanero de valparaíso en procedimiento general de reclamación, resolvió no ha lugar al reclamo interpuesto por el contribuyente en contra de las liquidaciones emitidas por el servicio de impuestos internos, fundado en que la actividad desplegada por el reclamante ha sido insuficiente para acreditar la ausencia de la notificación por cédula, atendido que las probanzas desplegadas son inidóneas para acreditar y justificar fehacientemente causa o motivo no imputable al contribuyente para explicar adecuadamente la falta e incumplimiento de los naturales y razonables deberes tributarios que le impone la legislación en orden a colaborar con la función fiscal para la determinación de los impuestos aportando en sede administrativa la totalidad de los antecedentes necesarios que mantiene en la contabilidad de su negocio que le fueron requeridos conforme citación legalmente notificada en el domicilio indicado por el contribuyente. la ilustrísima corte de apelaciones de valparaíso, en sentencia de fecha 10.11.2016, rol tributario y aduanero n°, confirmó el fallo de primera instancia.