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El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado contra la Corporación Muni…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2023

Resumen

El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado contra la Corporación Municipal de Educación y Servicios Ramón Freire Dalcahue, ordenando la entrega de los contratos de trabajo de los funcionarios públicos consultados. Se resolvió que la función pública debe ejercerse con probidad y transparencia, lo que implica una obligación constitucional de transparentar las actuaciones de los funcionarios ante la ciudadanía. Se desestimó la causal de reserva por afectación de derechos de terceros, al no acreditarse una expectativa razonable de daño específico. En aplicación del principio de divisibilidad de la Ley de Transparencia, se ordenó tarjar los datos personales de contexto en los documentos entregados, conforme a la Ley sobre Protección de la Vida Privada. Además, se apercibió al órgano reclamado que, de no cumplir, se aplicarán las sanciones del artículo 46 de la Ley de Transparencia, incluyendo multas y posible suspensión del cargo.

Normas citadas

  • Ley de Transparencia
amparoDecisión de FondoNo manifiesta específicamente

Preguntas frecuentes

¿Procede entregar los contratos de trabajo de funcionarios públicos cuando se pide por transparencia activa o pasiva?

En este caso, el Consejo para la Transparencia acogió el amparo y ordenó entregar los contratos de trabajo de los funcionarios consultados, por la obligación de probidad y transparencia de la función pública. Los datos personales de contexto debían tarjarse conforme a la Ley sobre Protección de la Vida Privada.

¿Puede un órgano negarse a entregar información pública alegando afectación de derechos de terceros?

En este caso, el Consejo desestimó la causal de reserva por afectación de derechos de terceros, porque no se acreditó una expectativa razonable de daño específico. Por ello, la negativa del órgano no fue considerada justificada.

¿Qué ocurre si un órgano de la administración no cumple una orden de entrega de información del Consejo para la Transparencia?

En este caso, el Consejo apercibió al órgano reclamado con aplicar las sanciones del artículo 46 de la Ley de Transparencia, incluyendo multas y posible suspensión del cargo si no cumplía. Además, ordenó tarjar los datos personales de contexto en lo entregado.

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