AdministrativoAcoge

Se acoge el amparo deducido contra la Corporación Municipal de Educación y Servicios Ra…

Resumen del criterio jurisprudencial

Se acoge el amparo deducido contra la Corporación Municipal de Educación y Servicios Ramón Freire de Dalcahue ordenándose la entrega de los últimos acuerdos judiciales o extrajudiciales de los cuatro funcionarios que se individualizan, como asimismo, los documentos de respaldo de los pagos de indemnizaciones por acuerdo extrajudicial de los mismos funcionarios. Con todo, en el evento de no obrar alguna de esta información en poder del organismo dicha circunstancia se deberá explicar y acreditar pormenorizadamente en sede de cumplimiento, de conformidad a las normas aplicables en la especie. Lo anterior, por no verificarse los presupuestos para la configuración de la hipótesis especial de entrega del artículo 15 de la Ley de Transparencia, toda vez que con los elementos indicados no es posible arribar a la información requerida en los términos establecido en la referida norma. En virtud del principio de divisibilidad previo a la entrega de la información deberán tarjarse aquellos datos personales de contexto incorporados en la documentación requerida, ello en conformidad con lo dispuesto en la Ley sobre protección de la vida privada y en cumplimiento de la atribución otorgada a este Consejo por la Ley de Transparencia.

amparoDecisión de FondoEducación

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.