Resumen del criterio jurisprudencial
El tribunal tributario y aduanero de la región de la araucanía confirmó la infracción cursada por la dirección regional temuco del servicio de impuestos internos, sancionada en al artículo 97 n° 10 del código tributario, a un contribuyente que omitió el otorgamiento de factura en una venta de chatarra, emitiendo la compradora por dicha operación una factura de compra, a pesar de no tener la calidad de agente retenedora del iva. al efecto, consideró el tribunal que la infracción se había configurado, considerando como atenuante de la misma el hecho de haberse declarado y pagado los impuestos que gravaban dicha operación.