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La Contraloría General de la República se pronunció sobre la decisión del Vicerrector A…

Dictamen · Contraloría General de la República · 2015

Resumen

La Contraloría General de la República se pronunció sobre la decisión del Vicerrector Académico de la Universidad del Bío-Bío de dejar sin efecto un llamado a presentar antecedentes y realizar uno nuevo, tras detectar irregularidades que vulneraron principios administrativos en perjuicio de los participantes. El dictamen concluyó que dicha determinación se ajustó a derecho. Además, se refirió a la situación de una funcionaria que ejerció labores sin nombramiento formal, calificándola como funcionaria de hecho, y señaló que su contratación se regularizó mediante un contrato a honorarios. No obstante, se consideró irregular que comenzara a trabajar sin certeza de su nombramiento y que se pretendiera contratarla desde una fecha anterior a la decisión de la comisión evaluadora. También se observó que el acto administrativo debió formalizarse mediante decreto o resolución, no por un simple ordinario. Finalmente, se instruyó a la universidad adoptar medidas para evitar futuras irregularidades.

Normas citadas

  • ley 18834 art/162 inc/1 lt/a
  • ley 18834 art/162 inc/2
  • ley 18834 art/17
  • ley 18575 art/3
  • ley 18575 art/5
  • ley 18575 art/53
  • ley 19880 art/3
ContraloríaCGRdictamen

Preguntas frecuentes

¿Puede una autoridad universitaria dejar sin efecto un llamado a presentar antecedentes y convocar uno nuevo?

En este caso, la Contraloría General de la República concluyó que la decisión del Vicerrector Académico de la Universidad del Bío-Bío de dejar sin efecto el llamado y realizar uno nuevo se ajustó a derecho, tras detectar irregularidades que vulneraron principios administrativos.

¿Qué pasa con una persona que trabaja en un servicio público sin nombramiento formal?

En este caso, la Contraloría la calificó como funcionaria de hecho y señaló que su contratación se regularizó mediante un contrato a honorarios, aunque consideró irregular que comenzara a trabajar sin certeza de su nombramiento.

¿Con qué instrumento debe formalizarse un acto administrativo de nombramiento en la administración del Estado?

En este caso, la Contraloría sostuvo que el acto administrativo debió formalizarse mediante decreto o resolución y no por un simple ordinario, y ordenó a la universidad adoptar medidas para evitar futuras irregularidades.

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