¿La Contraloría debe tomar razón de una resolución que autoriza una contratación directa de la Junta Nacional de Jardines Infantiles?
En este caso, la Contraloría General se abstuvo de ejercer el control previo de juridicidad, porque el acto está exento de toma de razón según la resolución N° 1.600 de 2008. El documento se remite sin perjuicio de los controles de reemplazo y del examen de legalidad del contrato que se celebre.
¿Qué significa que un acto administrativo esté exento de toma de razón por la Contraloría?
En este dictamen, la Contraloría explicó que la resolución de la Junta Nacional de Jardines Infantiles no requiere control previo de juridicidad por estar exenta de ese trámite. Por eso, el organismo solo la recibe, sin pronunciarse previamente sobre su legalidad.
¿Cómo se controla un contrato de prestación de servicios de un servicio público que se adjudica por trato directo si no pasa por toma de razón?
En este caso, la Contraloría sostuvo que el control no termina con el acto exento, pues el contrato que se celebre queda sujeto a examen de legalidad y a los controles de reemplazo previstos en la resolución N° 1.600 de 2008. Así, la fiscalización se traslada al contrato en sí.