Resumen del criterio jurisprudencial
La Corte Suprema conoció de un recurso de amparo interpuesto por Carlos Eduardo Rico Ruiz, ciudadano colombiano, contra el Servicio Nacional de Migraciones. La acción se fundó en la Resolución Exenta N°2600100417889, que rechazó su solicitud de residencia temporal y ordenó su abandono del país por no haber remitido la totalidad de la documentación requerida. La Corte de Apelaciones de Antofagasta había rechazado el amparo, pero la Corte Suprema revocó dicha decisión. El tribunal consideró que la Administración incumplió su obligación de proteger y respetar los derechos humanos de los extranjeros y de asegurar un procedimiento racional y justo, al no permitir al solicitante subsanar la omisión documental antes de rechazar la solicitud y ordenar el abandono. Se concluyó que los fundamentos de la autoridad carecían de razonabilidad y proporcionalidad, afectando la libertad personal del amparado. En consecuencia, se acogió el recurso, dejando sin efecto el acto administrativo impugnado y la orden de abandono, y se ordenó otorgar un nuevo plazo de 90 días para presentar la documentación faltante.