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El ciudadano colombiano Raúl Eduardo García Martínez interpuso un recurso de amparo con…

Resumen del criterio jurisprudencial

El ciudadano colombiano Raúl Eduardo García Martínez interpuso un recurso de amparo contra la Resolución Exenta N° 24348665, que rechazó su solicitud de residencia temporal y ordenó su abandono del país y prohibición de ingreso. La autoridad migratoria basó su decisión en la falta de un certificado de antecedentes penales apostillado y en el no pago de multas y patente municipal. El tribunal analizó los artículos 3 y 7 de la Ley N° 21.325, que garantizan un procedimiento racional, justo y no discriminatorio para los extranjeros. Asimismo, consideró el artículo 21 de la Constitución Política, que protege la libertad personal. Concluyó que la medida adoptada por la administración era desproporcionada y carente de razonabilidad, vulnerando los derechos humanos del solicitante. Por tanto, se revocó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Copiapó y se acogió la acción de amparo, anulando la orden de abandono y concediendo un nuevo plazo de 90 días para presentar la documentación requerida.

Autoridad migratoriaProhibición de ingreso al paísAmparos extranjeríaAcción de amparoArraigo social, laboral y/o familiarOrden de abandono del paísRequisitos documentalesServicio nacional de migraciones

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.