Resumen
El Consejo para la Transparencia acogió el amparo presentado por una recurrente en contra del Servicio de Salud Reloncaví, teniendo por entregada, aunque extemporáneamente, la información solicitada sobre instrucciones, reubicación e informe de situación. Durante el procedimiento, el organismo entregó los antecedentes requeridos, ajustándose a lo pedido, por lo que no se verificaron los fundamentos de la disconformidad de la reclamante. Se desestimó la solicitud de instrucción de sumario, pero se representó al Servicio de Salud Reloncaví por no haber respondido dentro del plazo legal, infringiendo los artículos 11, letra h) y 14 de la Ley de Transparencia.