Resumen
El Tribunal Constitucional acogió parcialmente un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad. Respecto del artículo 1, inciso segundo, de la Ley N° 18.216, que restringe penas sustitutivas a la privación de libertad, lo declaró inconstitucional por ser desproporcionado e inequitativo, vulnerando los principios de proporcionalidad de las penas, igualdad ante la ley y racionalidad procesal. El Tribunal sostuvo que la exclusión de beneficios para ciertos delitos resulta irracional, pues trata con mayor severidad delitos de menor gravedad que otros más graves, y que las penas sustitutivas no implican impunidad sino sanciones con fines de reinserción social. En cambio, respecto del artículo 17 B, inciso segundo, de la Ley N° 17.798, sobre control de armas, el Tribunal concluyó que no vulnera la Constitución, ya que permite al juez individualizar la pena dentro de los márgenes legales, siendo compatible con los principios de proporcionalidad y racionalidad.