Resumen del criterio jurisprudencial
Se acoge el amparo interpuesto en contra de la Municipalidad de Isla de Maipo, ordenándose la entrega de copia de los documentos que dan cuenta de los pagos efectivos por derechos municipales respecto de RCA que indica, en el período comprendido entre el 1° de enero del año 2010 y la fecha de ingreso de la solicitud de acceso a la información. Lo anterior, por cuanto, conforme al artículo 8°, inciso segundo de la Constitución Política de la República y a los artículos 5°, inciso segundo y 10 de la Ley de Transparencia, se trata de información pública, respecto de la cual no se logró acreditar la configuración de la causal de reserva del artículo 21 N° 1, letra c) de la Ley de Transparencia. Se otorga a la recurrida un plazo prudencial para dar cumplimiento a lo resuelto en la presente decisión.