Resumen del criterio jurisprudencial
La Inmobiliaria e Inversiones Guipaca S.A. interpuso recurso de casación contra la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago que había aceptado su solicitud de derecho de aprovechamiento de aguas subterráneas otorgado por la Dirección General de Aguas. El recurso se basó en la supuesta vulneración de los artículos 22, 59, 134 inciso 2° y 141 inciso final del Código de Aguas, así como del artículo 425 del Código de Procedimiento Civil. La parte recurrente alegó que la sentencia impugnada no valoró adecuadamente los informes técnicos periciales presentados por la Dirección General de Aguas. El tribunal de casación analizó la normativa aplicable y reiteró que los informes técnicos deben apreciarse bajo la sana crítica y que los requisitos de existencia, disponibilidad y ausencia de perjuicio a terceros estaban cumplidos. En consecuencia, consideró que la decisión de la Corte de Apelaciones era correcta y que el recurso carecía de fundamento. Por ello, la Tercera Sala rechazó el recurso de casación en el fondo.