Resumen
La Contraloría General de la República, a solicitud de la Dirección del Trabajo, se pronuncia sobre la autoridad competente para resolver sumarios administrativos en dicho servicio. Señala que, conforme al artículo 141 de la Ley N° 18.834 (Estatuto Administrativo), contra las sanciones disciplinarias proceden los recursos de reposición y apelación. Sin embargo, cuando la sanción es impuesta por el jefe superior de un servicio descentralizado, como la Dirección del Trabajo, no procede la apelación por inexistencia de un superior jerárquico. Así, los funcionarios de la Dirección Nacional solo pueden interponer recurso de reposición ante el Director del Trabajo, mientras que los de direcciones regionales pueden apelar ante dicha autoridad. Respecto a la subrogación de directores regionales, la Contraloría remite a su dictamen N° 24.231 de 2018, que ya resolvió la consulta.