Constitucional AIIniciar sesión
Inicio›Jurisprudencia›Derecho constitucional
ConstitucionalAcoge

El Tribunal Constitucional rechazó un requerimiento de inaplicabilidad por inconstituci…

Sentencia · Tribunal Constitucional · 2021

Resumen

El Tribunal Constitucional rechazó un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad presentado contra el artículo 1°, inciso segundo, de la Ley N° 18.216, que establece requisitos para acceder a penas sustitutivas. El requirente alegaba que la norma vulneraba la igualdad ante la ley, la dignidad humana y el derecho a un procedimiento racional y justo al impedir al juez aplicar una pena sustitutiva. El Tribunal reiteró su criterio previo de que el impedimento de acceso a las penas sustitutivas es constitucional, señalando que no existe un derecho subjetivo a su aplicación, que la política criminal es fijada por el legislador dentro de límites constitucionales y que no se configura un trato discriminatorio que vulnere la igualdad ante la ley. La decisión se adoptó con el voto en contra de dos ministros.

Normas citadas

  • artículo 19, inciso sexto, numeral 3
  • artículo 19, inciso primero, numeral 2
  • artículo 1, de Ley N° 18.216
  • artículo 2, de Ley N° 18.216
Tribunal ConstitucionalINAPrincipio de proporcionalidad de la PenaDeterminación de la penaReinserción socialley de control de armaspenas sustitutivasIgualdad ante la Ley

Preguntas frecuentes

¿Es constitucional que la ley impida al juez aplicar penas sustitutivas a ciertos condenados?

En este caso, el Tribunal Constitucional rechazó el requerimiento y reiteró que el impedimento de acceso a las penas sustitutivas es constitucional. Sostuvo que no existe un derecho subjetivo a que se apliquen y que el legislador fija la política criminal dentro de los límites de la Constitución.

¿Vulnera la igualdad ante la ley que una norma excluya del acceso a penas sustitutivas a determinados delitos o condenados?

En este caso, el Tribunal Constitucional concluyó que no se configura un trato discriminatorio contrario a la igualdad ante la ley. La decisión se adoptó con el voto en contra de dos ministros.

¿Puede un requerimiento de inaplicabilidad fundado en la dignidad humana y en el debido proceso prosperar contra los requisitos de la Ley N° 18.216?

En este caso, el Tribunal Constitucional rechazó el requerimiento que alegaba vulneración de la dignidad humana y del derecho a un procedimiento racional y justo. Consideró que la exclusión legal de las penas sustitutivas no vulnera esos derechos.

Más jurisprudencia de derecho constitucional de 2021 →

Lee el documento completo

Con tu cuenta ves el rol de la causa, la fecha, las partes y el texto íntegro, y puedes analizarlo con inteligencia artificial. Crear la cuenta es gratis y trae 3 créditos de regalo, unas 10 consultas, sin tarjeta de crédito.

Ver el documento completoYa tengo cuenta

La IA lo lee completo y te responde citando el fallo y la jurisprudencia relacionada.

Te pedimos crear una cuenta gratis para responderte.

Jurisprudencia relacionada

  • El Tribunal Constitucional rechazó un requerimiento de inaplicabilidad por inconstituci…

    Sentencia · Tribunal Constitucional · 2021

  • El Tribunal Constitucional acogió un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucio…

    Sentencia · Tribunal Constitucional · 2021

  • El Tribunal Constitucional resolvió un requerimiento de inaplicabilidad por inconstituc…

    Sentencia · Tribunal Constitucional · 2021

  • El Tribunal Constitucional rechazó un requerimiento de inaplicabilidad por inconstituci…

    Sentencia · Tribunal Constitucional · 2021

  • El Tribunal Constitucional conoció un requerimiento de inaplicabilidad por inconstituci…

    Sentencia · Tribunal Constitucional · 2021

Constitucional AI es inteligencia artificial legal para abogados en Chile: busca en sentencias, dictámenes y oficios y responde citando sus fuentes. Conoce cómo funciona

Resumen referencial elaborado a partir de documentos públicos chilenos. Los nombres de las personas se reducen a iniciales. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.