Resumen
El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado por una ciudadana en contra de la Secretaría Regional Ministerial de Salud de Los Lagos, por la falta de respuesta a una solicitud de copia de una resolución sanitaria. El Consejo constató que, según la normativa aplicable, el organismo competente para pronunciarse era el Servicio de Salud Osorno, y que la Seremi, por sus deberes de fiscalización, disponía de antecedentes para haber derivado la solicitud conforme al artículo 13 de la Ley de Transparencia, lo que no hizo, además de no responder dentro del plazo legal. En consecuencia, representó a la autoridad la infracción a los artículos 14 y 11 letra h) de la ley, para que adopte medidas que eviten su reiteración, y encomendó derivar la solicitud al Servicio de Salud Osorno en aplicación del principio de facilitación.