Resumen del criterio jurisprudencial
Los trabajadores a honorarios no se rigen por el Código del Trabajo, por lo que cualquier beneficio al que tengan derecho dependerá del acuerdo al que hayan llegado con quien hicieron el contrato.Lo anterior con la sola excepción de los trabajadores de plataformas digitales independientes, cuya situación regula el Código del Trabajo.