Laboral

Los trabajadores a honorarios no se rigen por el Código del Trabajo, por lo que cualqui…

Resumen del criterio jurisprudencial

Los trabajadores a honorarios no se rigen por el Código del Trabajo, por lo que cualquier beneficio al que tengan derecho dependerá del acuerdo al que hayan llegado con quien hicieron el contrato.Lo anterior con la sola excepción de los trabajadores de plataformas digitales independientes, cuya situación regula el Código del Trabajo.

Contrato de trabajoTipo de Contrato

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.