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El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado por una ciudadana en contr…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2019

Resumen

El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado por una ciudadana en contra del Ejército de Chile, que había negado la entrega de información sobre el número de conscriptos muertos y lesionados con ocasión de acciones de servicio durante el año 2016, desagregada por causa de muerte, tipo de lesión y regimiento. El órgano reclamado alegó la causal de distracción indebida, la que fue desestimada por considerar que se trata de información pública y que su sistematización permite verificar la efectividad de sus protocolos orientados a garantizar la integridad de los conscriptos. En consecuencia, se ordenó al Comandante en Jefe entregar los antecedentes en un plazo de cinco días hábiles desde que la decisión quede ejecutoriada, bajo apercibimiento legal, e informar su cumplimiento al Consejo. La decisión fue adoptada por unanimidad de los consejeros presentes.

Normas citadas

  • Ley de Transparencia
  • Reglamento de la Ley de Transparencia
amparoDecisión de FondoDefensa

Preguntas frecuentes

¿Procede negar el acceso a información sobre conscriptos muertos o lesionados alegando distracción indebida de recursos?

En este caso, el Consejo para la Transparencia desestimó la causal de distracción indebida alegada por el Ejército, por considerar que se trata de información pública y que su sistematización permite verificar la efectividad de sus protocolos para proteger la integridad de los conscriptos. Ordenó entregar los antecedentes en cinco días hábiles desde que la decisión quede ejecutoriada.

¿Puede el Ejército negarse a entregar estadísticas sobre accidentes de conscriptos en acciones de servicio mediante una solicitud de transparencia?

En este caso, el Consejo acogió el amparo de una ciudadana y ordenó al Comandante en Jefe entregar el número de conscriptos muertos y lesionados durante un año, desagregado por causa, tipo de lesión y regimiento. La decisión se adoptó por unanimidad de los consejeros presentes.

¿Qué plazo tiene un organismo público para cumplir una decisión del Consejo para la Transparencia que ordena entregar información?

En este caso, el Consejo ordenó al Ejército entregar los antecedentes en un plazo de cinco días hábiles desde que la decisión quede ejecutoriada, bajo apercibimiento legal, e informar su cumplimiento al Consejo.

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