Resumen
El reclamo se dirigió contra de los giros suplementarios folios 984505017, 984505018, 984505019, 984505917, 984505918, 984505919, emitidos por el servicio de impuestos internos, dirección regional santiago sur. se resolvió dar lugar al reclamo atendido que, la retroactividad en es de aplicación excepcional y se encuentra en términos generales prohibida o muy limitada en su aplicación, de manera que las normas que la contengan deben ser interpretadas en forma restrictiva. que habiéndose aportado por la reclamante antecedentes que permitían al s.i.i. clasificar correctamente la serie del inmueble, se constató que los errores cometidos por el s.i.i. no fueron inducidos por la reclamante, sin que se le pueda gravar por circunstancias respecto a las cuales no tuvo responsabilidad, habiendo cumplido de buena fe con su obligación de pagar el tributo que creía acertadamente determinado.