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El Consejo para la Transparencia resolvió un reclamo por infracción a las normas de tra…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2025

Resumen

El Consejo para la Transparencia resolvió un reclamo por infracción a las normas de transparencia activa contra la Municipalidad de Peñalolén, por la falta de publicación de información sobre personal y escalas de remuneraciones. El Consejo constató que, aunque inicialmente existió un incumplimiento a los artículos 5 y 29 de la Resolución Exenta N°500 y a los artículos 50 y 51 del Reglamento de la Ley de Transparencia, el municipio acreditó haber dado cumplimiento a dichas obligaciones durante la tramitación del caso. En consecuencia, por unanimidad, el Consejo acordó tener por cumplidas las obligaciones de transparencia activa reclamadas.

Normas citadas

  • Ley N° 20.285
  • Código del Trabajo
  • Ley N° 18.575
  • Ley N° 19.880
  • D.S. N° 13
  • D.F.L. N° 1
  • Resolución Exenta N° 500 de 2022
  • Resolución Exenta N° 500
reclamo

Preguntas frecuentes

¿Qué pasa si una municipalidad no publica en su portal la información de personal y escalas de remuneraciones?

En este caso, el Consejo para la Transparencia constató que, inicialmente, la Municipalidad de Peñalolén incumplió sus obligaciones de transparencia activa sobre personal y remuneraciones. Sin embargo, al acreditar su cumplimiento durante la tramitación del reclamo, el Consejo tuvo por cumplidas dichas obligaciones.

¿Puede el Consejo para la Transparencia dar por cumplida una obligación de transparencia activa si el organismo la regulariza durante el proceso?

Sí, según este caso: el Consejo acordó por unanimidad tener por cumplidas las obligaciones reclamadas, porque la Municipalidad de Peñalolén acreditó haber cumplido los artículos 5 y 29 de la Resolución Exenta N°500 y los artículos 50 y 51 del Reglamento de la Ley de Transparencia durante la tramitación.

¿Qué normas regulan la publicación de información sobre personal en municipios según el Consejo para la Transparencia?

En este caso, el Consejo se fundó en los artículos 5 y 29 de la Resolución Exenta N°500 y en los artículos 50 y 51 del Reglamento de la Ley de Transparencia, junto con la Ley N° 20.285, para evaluar la publicación de información sobre personal y escalas de remuneraciones.

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