Constitucional AIIniciar sesión
Inicio›Jurisprudencia›Derecho administrativo
AdministrativoAcoge

El Consejo para la Transparencia acogió parcialmente un amparo presentado contra la Mun…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2022

Resumen

El Consejo para la Transparencia acogió parcialmente un amparo presentado contra la Municipalidad de Lo Prado, teniendo por entregada la información sobre recursos públicos otorgados a un comité de adelanto, aunque de forma extemporánea, ya que fue remitida solo durante el procedimiento. Se rechazó el amparo respecto del domicilio de los integrantes de la directiva de dicho comité, por tratarse de datos personales protegidos por la causal de reserva del artículo 21 N°2 de la Ley de Transparencia, en relación con el artículo 19 N°4 de la Constitución y la Ley sobre Protección de la Vida Privada.

Normas citadas

  • Ley N° 19.628
  • Ley N° 20.285
  • Artículo 7 de la Ley N° 19.628
  • Ley N° 19.880
  • Ley N° 19.418
  • Ley N° 18.575
  • Artículo 4 de la ley N° 19.628
  • Artículo 59 de la ley N° 19.880
amparoDecisión de Fondo

Preguntas frecuentes

¿Un municipio debe entregar la información sobre recursos públicos otorgados a un comité de adelanto si se lo pide una persona por transparencia?

En este caso, el Consejo para la Transparencia acogió el amparo y tuvo por entregada la información sobre recursos otorgados al comité de adelanto, aunque la entrega fue extemporánea por haberse hecho solo durante el procedimiento.

¿Se puede negar el domicilio de los integrantes de la directiva de un comité de adelanto si se pide por la Ley de Transparencia?

En este caso, el Consejo rechazó el amparo respecto del domicilio de los integrantes de la directiva, por tratarse de datos personales protegidos por la causal de reserva del artículo 21 N°2 de la Ley de Transparencia.

¿Qué causal de reserva protege los datos personales de directivos de organizaciones comunitarias frente a una solicitud de acceso a la información?

En este caso, el Consejo sostuvo que la causal del artículo 21 N°2 de la Ley de Transparencia, en relación con el artículo 19 N°4 de la Constitución y la Ley sobre Protección de la Vida Privada, ampara el domicilio de los integrantes de la directiva.

Más jurisprudencia de derecho administrativo de 2022 →

Lee el documento completo

Con tu cuenta ves el rol de la causa, la fecha, las partes y el texto íntegro, y puedes analizarlo con inteligencia artificial. Crear la cuenta es gratis y trae 3 créditos de regalo, unas 10 consultas, sin tarjeta de crédito.

Ver el documento completoYa tengo cuenta

La IA lo lee completo y te responde citando el fallo y la jurisprudencia relacionada.

Te pedimos crear una cuenta gratis para responderte.

Jurisprudencia relacionada

  • El Consejo para la Transparencia rechazó el amparo presentado en contra de la Municipal…

    Resolución · Consejo para la Transparencia · 2024

  • El Consejo para la Transparencia rechazó el amparo deducido contra la Municipalidad de…

    Resolución · Consejo para la Transparencia · 2024

  • El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado contra la Municipalidad de…

    Resolución · Consejo para la Transparencia · 2023

  • El Consejo para la Transparencia acogió un amparo en contra de la Municipalidad de Lo P…

    Resolución · Consejo para la Transparencia · 2024

  • El Consejo para la Transparencia acogió el amparo deducido contra la Municipalidad de L…

    Resolución · Consejo para la Transparencia · 2023

Constitucional AI es inteligencia artificial legal para abogados en Chile: busca en sentencias, dictámenes y oficios y responde citando sus fuentes. Conoce cómo funciona

Resumen referencial elaborado a partir de documentos públicos chilenos. Los nombres de las personas se reducen a iniciales. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.