El Consejo para la Transparencia acogió parcialmente un amparo presentado contra la Mun…
Resolución · Consejo para la Transparencia · 2022
Resumen
El Consejo para la Transparencia acogió parcialmente un amparo presentado contra la Municipalidad de Lo Prado, teniendo por entregada la información sobre recursos públicos otorgados a un comité de adelanto, aunque de forma extemporánea, ya que fue remitida solo durante el procedimiento. Se rechazó el amparo respecto del domicilio de los integrantes de la directiva de dicho comité, por tratarse de datos personales protegidos por la causal de reserva del artículo 21 N°2 de la Ley de Transparencia, en relación con el artículo 19 N°4 de la Constitución y la Ley sobre Protección de la Vida Privada.
Normas citadas
Ley N° 19.628
Ley N° 20.285
Artículo 7 de la Ley N° 19.628
Ley N° 19.880
Ley N° 19.418
Ley N° 18.575
Artículo 4 de la ley N° 19.628
Artículo 59 de la ley N° 19.880
amparoDecisión de Fondo
Preguntas frecuentes
¿Un municipio debe entregar la información sobre recursos públicos otorgados a un comité de adelanto si se lo pide una persona por transparencia?
En este caso, el Consejo para la Transparencia acogió el amparo y tuvo por entregada la información sobre recursos otorgados al comité de adelanto, aunque la entrega fue extemporánea por haberse hecho solo durante el procedimiento.
¿Se puede negar el domicilio de los integrantes de la directiva de un comité de adelanto si se pide por la Ley de Transparencia?
En este caso, el Consejo rechazó el amparo respecto del domicilio de los integrantes de la directiva, por tratarse de datos personales protegidos por la causal de reserva del artículo 21 N°2 de la Ley de Transparencia.
¿Qué causal de reserva protege los datos personales de directivos de organizaciones comunitarias frente a una solicitud de acceso a la información?
En este caso, el Consejo sostuvo que la causal del artículo 21 N°2 de la Ley de Transparencia, en relación con el artículo 19 N°4 de la Constitución y la Ley sobre Protección de la Vida Privada, ampara el domicilio de los integrantes de la directiva.
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