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AdministrativoInadmisible

El Consejo para la Transparencia declaró inadmisible un reclamo por infracción a normas…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2024

Resumen

El Consejo para la Transparencia declaró inadmisible un reclamo por infracción a normas de transparencia activa presentado contra la Superintendencia de Salud. El reclamante cuestionaba la falta de respuesta en un proceso de certificación de discapacidad, pero el Consejo concluyó que dicha materia no se refería a la omisión de información de transparencia activa que los órganos públicos deben mantener en sus sitios electrónicos, requisito legal indispensable para la procedencia del reclamo. Al no configurarse una infracción a los artículos 7° de la Ley de Transparencia y 51 de su Reglamento, el reclamo fue declarado inadmisible por ausencia de un elemento habilitante.

Normas citadas

  • Ley de Transparencia
  • Reglamento de la Ley de Transparencia
reclamoDecisión de inadmisibilidadSalud

Preguntas frecuentes

¿Procede reclamar ante el Consejo para la Transparencia por la falta de respuesta en un trámite de certificación de discapacidad?

En este caso, el Consejo declaró inadmisible el reclamo porque la materia no se refería a la omisión de información de transparencia activa, requisito indispensable para su procedencia. Por ello no se configuró infracción a los artículos 7° de la Ley de Transparencia y 51 de su Reglamento.

¿Qué se necesita para que proceda un reclamo por infracción a las normas de transparencia activa?

Según este caso, el reclamo requiere que exista una omisión de la información de transparencia activa que los órganos públicos deben mantener en sus sitios electrónicos. Si esa omisión no se configura, el reclamo es declarado inadmisible por ausencia de un elemento habilitante.

¿Puede el Consejo para la Transparencia conocer de reclamos contra la Superintendencia de Salud por cualquier falta de respuesta a un usuario?

En este caso, el Consejo sostuvo que no, porque su competencia por transparencia activa se activa solo ante la omisión de información que el órgano debe publicar en sus sitios electrónicos. Un reclamo por la falta de respuesta en un proceso de certificación de discapacidad no cumplió ese requisito.

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