Seguridad social

Seguridad social: Calificación de Enfermedad Profesional, Ley N° 16.744

Resumen del criterio jurisprudencial

Ley N° 16.744. La pandemia de Covid-19 ha afectado al mundo y no se puede considerar como un gatillante de una enfermedad de origen profesional (tensón psíquica laboral) al tenor de lo prescrito por el artículo 7 de la Ley N°16.744. El cuestionario ISTAS 21 no tiene por objeto, ni constituye una herramienta para calificar enfermedades.

Calificación de Enfermedad ProfesionalLey N° 16.744

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.