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El Consejo para la Transparencia acogió el amparo presentado en contra de la Municipali…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2022

Resumen

El Consejo para la Transparencia acogió el amparo presentado en contra de la Municipalidad de Isla de Pascua, teniendo por entregada de manera extemporánea la información requerida sobre organizaciones culturales legalmente constituidas en la comuna, ya que los antecedentes fueron puestos a disposición del solicitante con posterioridad a la interposición del reclamo. Se representó al municipio la infracción al artículo 14 de la Ley de Transparencia y al principio de oportunidad del artículo 11, letra h), por no haber respondido la solicitud dentro del plazo legal, ordenando adoptar medidas para evitar la reiteración de dicha falta.

Normas citadas

  • Ley N° 20.285
  • Ley N° 19.880
  • Ley N° 18.575
  • Ley N° 19.628
  • Artículo 59 de la ley N° 19.880
amparoDecisión de Fondo

Preguntas frecuentes

¿Qué ocurre si un municipio entrega fuera de plazo la información solicitada por transparencia activa o pasiva?

En este caso, el Consejo para la Transparencia acogió el amparo y tuvo por entregada de forma extemporánea la información, porque se puso a disposición del solicitante después de presentado el reclamo. Además, representó al municipio la infracción al artículo 14 de la Ley de Transparencia y al principio de oportunidad, y ordenó adoptar medidas para evitar que se repita.

¿El Consejo para la Transparencia puede sancionar a una municipalidad por no responder una solicitud de información dentro del plazo legal?

En este caso, el Consejo no aplicó una sanción, sino que representó a la Municipalidad de Isla de Pascua la infracción al artículo 14 de la Ley de Transparencia y al principio de oportunidad, ordenando medidas para evitar su reiteración. Lo hizo al acoger el amparo por la entrega extemporánea de antecedentes sobre organizaciones culturales de la comuna.

¿Qué se debe hacer si un organismo público no responde a tiempo un requerimiento de acceso a información?

En este caso, el solicitante presentó un amparo ante el Consejo para la Transparencia, que lo acogió porque la información llegó después de interpuesto el reclamo. Esto muestra que el amparo puede obtener el pronunciamiento del Consejo sobre la falta de respuesta oportuna, aunque el organismo luego entregue los antecedentes.

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