El Consejo para la Transparencia conoció un reclamo por infracción a las normas de tran…
Resolución · Consejo para la Transparencia · 2019
Resumen
El Consejo para la Transparencia conoció un reclamo por infracción a las normas de transparencia activa presentado en contra de la Corporación de Cultura y Turismo de Calama. Se discutía si el órgano mantenía actualizada la información relativa a su personal y a las remuneraciones de este. El Consejo acogió el reclamo, por cuanto a la fecha de referencia el órgano no tenía dicha información actualizada, sin perjuicio de los avances que pudieran haberse logrado entre el reclamo y la decisión, lo que deberá demostrarse en la etapa de cumplimiento. Se ordenó a la corporación publicar la información requerida conforme a la Ley de Transparencia, su reglamento e Instrucción General N° 11, en un plazo de 10 días hábiles desde que la decisión quede ejecutoriada, bajo apercibimiento del artículo 47 de la ley. Contra esta decisión procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones correspondiente, en 15 días corridos desde la notificación.
Normas citadas
Ley de Transparencia
Reglamento de la Ley de Transparencia
reclamoDecisión de Fondo
Preguntas frecuentes
¿Qué pasa si un órgano de la administración del Estado no mantiene actualizada en su sitio web la información sobre su personal y remuneraciones?
En este caso, el Consejo para la Transparencia acogió el reclamo porque el órgano no tenía esa información actualizada a la fecha de referencia, y le ordenó publicarla dentro de 10 días hábiles desde que la decisión quede ejecutoriada, bajo apercibimiento del artículo 47 de la Ley de Transparencia.
¿Se puede corregir la falta de publicación de información de transparencia activa después de presentado el reclamo ante el Consejo?
En este caso, el Consejo señaló que los avances logrados entre el reclamo y la decisión no eliminan la infracción, pero deberán demostrarse en la etapa de cumplimiento. Así, la corporación debe acreditar lo que haya hecho para regularizar la publicación.
¿Cuál es el plazo para reclamar de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones contra una decisión del Consejo para la Transparencia?
En este caso, el Consejo indicó que contra su decisión procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones correspondiente, dentro de 15 días corridos desde la notificación de la resolución.
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