Resumen del criterio jurisprudencial
El tribunal tributario y aduanero de valparaíso tiene por aprobada la conciliación acordada por las partes, en todo lo que no fuere contrario a derecho, ordenando dejar sin efecto la resolución impugnada, y en su reemplazo conceder al reclamante una rebaja del recargo establecido en el artículo 154 de la ordenanza de aduanas en un porcentaje equivalente al 50% del valor aplicado, lo anterior considerando la regulación reglamentaria contenida en la resolución exenta nº1179 de fecha 18 de marzo de 2020 y modificada por resolución exenta nº1556 de fecha 17 de abril de 2021.