Resumen del criterio jurisprudencial
El tribunal tributario y aduanero de valparaíso por resolución de fecha 19.12.2023 aprobó la conciliación acordada por las partes, en todo lo que no fuere contrario a derecho, considerándose tal resolución como sentencia ejecutoriada para todos los efectos legales, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 128 bis de la ordenanza de aduanas, ordenando dejar sin efecto los cargos reclamados, toda vez que se han acompañados los certificados de reemplazo que autorizan a la reclamante a invocar el respectivo beneficio arancelario.