Resumen del criterio jurisprudencial
El tribunal tributario y aduanero de la región del bio bio, no acogió la reclamación interpuesta, teniendo presente que, a manera de `ratio decidendi¿, también se debe recalcar, que no se vislumbra en los antecedentes aportados por las partes y especialmente por la recurrente, ¿cuál es la relación comercial existente entre don pedro muñoz rojas y la empresa eme bus limitada?, ¿cuáles son los contratos vigentes, forma de pago, responsabilidades?, etc., y ante esta carencia probatoria, que transparente esta relación comercial - existente o que pudiese existir-, sería también una razón, para no considerar lo solicitado por la parte reclamante.