Resumen del criterio jurisprudencial
Dictamen de la Superintendencia de Seguridad Social sobre el uso de centros vacacionales de Cajas de Compensación. Resuelve que estos centros son prestaciones adicionales exclusivas para afiliados y sus cargas familiares, prohibiendo su oferta a no afiliados incluso con capacidad ociosa, salvo excepciones no habituales. Instruye a la Caja a cesar la práctica de ofertar en plataformas de reserva hotelera.