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El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado contra el Servicio de Salu…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2022

Resumen

El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado contra el Servicio de Salud Reloncaví, ordenando la entrega de copias de las liquidaciones de sueldo y la autorización o reconocimiento de horas extraordinarias realizadas y remuneradas a funcionarias consultadas, según lo informado en Transparencia Activa. Se consideró que se trata de información pública, desestimando las alegaciones del servicio sobre identidad del solicitante, afectación de derechos de las funcionarias e inexistencia de la información, por no haber sido acreditadas suficientemente. De forma previa, se deberán tarjar datos personales como AFP, sistema de salud, descuentos voluntarios, cédula de identidad, domicilio, fecha de nacimiento, entre otros. En caso de inexistencia de la información sobre horas extraordinarias, el servicio deberá justificarlo detalladamente. Además, se representó al director del servicio por no haber respondido dentro del plazo legal.

Normas citadas

  • Ley 19628 1999 - Ley de protección de la vida privada
  • Ley de Transparencia
amparoDecisión de FondoSalud

Preguntas frecuentes

¿Son públicas las liquidaciones de sueldo de funcionarios de un servicio de salud según la Ley de Transparencia?

En este caso, el Consejo para la Transparencia acogió un amparo y consideró que las liquidaciones de sueldo de funcionarias y la información sobre horas extraordinarias son información pública, ordenando su entrega.

¿Puede un servicio público negarse a entregar información sobre remuneraciones alegando la protección de la vida privada de los funcionarios?

En este caso, el Consejo desestimó la alegación del servicio sobre afectación de los derechos de las funcionarias, pero ordenó tarjar previamente datos personales como AFP, sistema de salud, descuentos voluntarios, cédula de identidad, domicilio y fecha de nacimiento.

¿Qué debe hacer un organismo público si alega que no tiene la información solicitada sobre horas extraordinarias?

En este caso, el Consejo resolvió que, si la información sobre horas extraordinarias no existe, el servicio deberá justificarlo detalladamente, y además representó al director del servicio por no responder dentro del plazo legal.

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