Resumen
El Consejo para la Transparencia rechazó el amparo deducido contra la Municipalidad de Valparaíso por la falta de entrega clara y precisa de información solicitada. Se determinó que el municipio ya había proporcionado los antecedentes al responder otra solicitud del mismo requirente y que, además, dicha información se encontraba permanentemente disponible para consulta, en formato físico o en línea, en la propia municipalidad y en el Ministerio del Medio Ambiente, conforme al Decreto Supremo N° 32, de 2015, de esa cartera. Con ello se verificó lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley de Transparencia, entendiéndose cumplida la obligación de entrega, por lo que se rechazó el amparo por unanimidad.