El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado contra la Municipalidad de…
Resolución · Consejo para la Transparencia · 2019
Resumen
El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado contra la Municipalidad de Valparaíso por la negativa a entregar copia del expediente de un anteproyecto aprobado y de un permiso de edificación consultado. El municipio alegaba que la información estaba permanentemente a disposición del público en la Dirección de Obras Municipales, que su entrega en el formato y soporte solicitado implicaba un costo excesivo no previsto en el presupuesto, y que se configuraba la causal de reserva por distracción indebida de funciones. El Consejo desestimó esas alegaciones y ordenó la entrega de la información en formato digital y en soporte óptico, cobrando únicamente los costos directos de reproducción procedentes conforme a la Instrucción General N° 6. Se otorgó un plazo de cinco días hábiles desde que la decisión quede ejecutoriada para cumplir, bajo apercibimiento del artículo 46 de la Ley de Transparencia, y se exigió acreditar la entrega. Contra la decisión procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones correspondiente en el plazo de 15 días corridos.
Normas citadas
Ley de Transparencia
amparoDecisión de Fondo
Preguntas frecuentes
¿La información de un permiso de edificación que está disponible en la Dirección de Obras Municipales debe entregarse igual si la solicitan por transparencia?
En este caso, el Consejo para la Transparencia desestimó la alegación del municipio de que la información estaba permanentemente a disposición del público, y ordenó entregar copia del expediente en formato digital y en soporte óptico.
¿Un municipio puede negarse a entregar documentos de transparencia alegando que el costo de la entrega en el formato pedido es excesivo?
En este caso, el Consejo rechazó la alegación de costo excesivo no previsto en el presupuesto y dispuso que sólo se cobren los costos directos de reproducción, conforme a la Instrucción General N° 6.
¿Contra una resolución del Consejo para la Transparencia que ordena entregar información, qué recurso procede y en qué plazo?
En este caso, la resolución indica que procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones correspondiente, dentro de 15 días corridos.
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