Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre la facultad de los sostenedores municipales para llamar a concurso público para proveer el cargo de director de un establecimiento educacional, conforme al artículo primero transitorio de la ley N° 20.501. El Organismo concluyó que dicha convocatoria es una facultad discrecional que la ley otorga a los sostenedores, y que, a la fecha de publicación de la ley, el interesado se desempeñaba como director sin haber completado su período de nombramiento, por lo que la Municipalidad de Lo Barnechea actuó conforme a derecho al convocar al concurso. Asimismo, precisó que, si el interesado no postula o no resulta ganador, debe permanecer en la dotación docente con las mismas horas y asignaciones hasta cumplir el período para el que fue nombrado, en alguna de las funciones previstas en el artículo 5° del Estatuto Docente.