Resumen del criterio jurisprudencial
La excelentísima corte suprema de justicia, rechazó el recurso de casación en el fondo interpuesto por la parte reclamada en contra de la sentencia dictada por la ilustrísima corte de apelaciones de puerto montt, que confirmó la sentencia dictada por el tribunal tributario y aduanero de la región de los lagos, por deducción a la renta líquida imponible de los excedentes a pago y a capitalizar distribuidas por cooperativa agrícola y lechera de la unión, sentencia que dio lugar en todas sus partes al reclamo en contra de la liquidación n° 21857, dejándola sin efecto.