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El Tribunal Europeo de Derechos Humanos condena a Albania por violar el artículo 8 de l…

Sentencia · 2026

Resumen

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos condena a Albania por violar el artículo 8 de la Convención al rechazar la admisión de un abogado a la Escuela de Magistrados para formación como fiscal, basándose en una condena por robo cometido durante su minoría de edad que había sido legalmente rehabilitada. La Corte determina que la prohibición absoluta y permanente de admisión fue desproporcionada y no consideró adecuadamente las circunstancias relevantes del caso, incluyendo la edad del solicitante al momento del delito. La medida impugnada fue impuesta en una etapa temprana de su vida profesional, teniendo un impacto significativo en su duración. Albania debe pagar EUR 4.500 por daño moral al demandante.

Normas citadas

  • Artículo 8 de la Convención Europea de Derechos Humanos (derecho a la vida privada)
  • Artículo 6 § 1 de la Convención Europea de Derechos Humanos
  • Artículo 2 del Protocolo No. 1 de la Convención Europea de Derechos Humanos
  • Artículo 34 de la Convención Europea de Derechos Humanos
  • Artículo 44 § 2 de la Convención Europea de Derechos Humanos
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