Resumen del criterio jurisprudencial
La Corte de Apelaciones de La Serena acogió el recurso de amparo deducido por la Defensoría Penal Pública en favor de dos adolescentes imputadas por robo con intimidación y porte ilegal de armas. El Juez de Garantía de Ovalle había rechazado el procedimiento abreviado propuesto por el Ministerio Público, condicionando su aprobación a la presentación de un informe técnico del Servicio Nacional de Reinserción Social Juvenil. La Corte resolvió que dicha exigencia es ilegal y arbitraria, vulnerando derechos constitucionales. Se determinó que el artículo 37 bis de la Ley 20.084 no es aplicable en procedimientos abreviados, siendo una norma propia del juicio oral. La sentencia restituye el derecho de las adolescentes a acceder al procedimiento abreviado conforme a la ley.